9 de diciembre de 2016

Fraccionamiento de vacaciones

El fraccionamiento de las vacaciones, práctica muy común para conceder días de permiso para asuntos diferentes a descanso y que se piden o pactan descontar de las vacaciones, no es viable por cuanto el artículo 186 del Código Sustantivo del trabajo, establece que el trabajador deberá gozar de 15 días hábiles consecutivos de descanso y a su vez el artículo 190 ratifica en su numeral 1 que: 1º.) En todo caso el trabajador gozará anualmente por lo menos de seis (6) días hábiles continuos de vacaciones, los que no son acumulables.

Esta primera lectura implica que no se puede fraccionar ese descanso. El empleador podrá considerarlo de manera unilateral si se dan los eventos que permitan o se haga necesario, pero en todo caso, como mínimo deberá el trabajador gozar de seis (6) días continuos, situación que aplica para el caso de acumulación de días de vacaciones, por lo que esos permisos ordinarios, se deben tomar como licencias no remuneradas o en beneficio del trabajador, siendo potestativo de la empresa, otorgarlo remunerado.

Al respecto, la Corte Constitucional en Sentencia C-19 de enero 20 de 2004 (Magistrado Ponente Jaime Araujo Rentaría), estableció:

(...)
Las vacaciones constituyen un derecho del que gozan todos los trabajadores, como quiera que el reposo es una condición mínima que ofrece la posibilidad de que el empleado renueve la fuerza y la dedicación para el desarrollo de sus actividades. Las vacaciones no son entonces un sobre sueldo sino un derecho remunerado. Por ello, la compensación en dinero de las vacaciones está prohibida, salvo en los casos taxativamente señalados en la ley, puesto que la finalidad es que el trabajador efectivamente descanse (...)" (el resaltado y subrayado es nuestro).

Para determinar el tiempo de disfrute de las vacaciones, es potestativo del empleador determinar la fecha en que se tomará. Esa potestad es la que le permite organizar su actividad empresarial, para que no se vea afectada con la ausencia por descanso obligatorio del trabajador. Pero negociar o dejar al mutuo acuerdo, suele ser bastante crítico, pues terminan siendo las vacaciones otorgadas en las épocas que le sirven al trabajador sin importar cuánto afectan la productividad de la empresa.